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MATRÍCULA UNIVERSITARIA

Una de las modalidades de matrícula gratuita se aplica a los beneficiarios de familia numerosa. Para que una familia se considere numerosa ha de tener, al menos, tres hijos. Sin embargo, el R.D. 6/1999, de 8 de enero, en su artículo 1 determina que "será también familia numerosa, aquella que teniendo dos hijos, al menos uno de ellos sea minusválido o incapacitado para el trabajo".

La Ley 42/1994, de 30 de diciembre, en su disposición final cuarta, determina la aplicación de los beneficios previstos en las tasas universitarias, a familias numerosas.

El reconocimiento como familia numerosa supone tener derecho a diversos descuentos, entre ellos una reducción o exención de los precios públicos por estudios universitarios que conducen a la obtención de títulos oficiales y servicios de naturaleza académica, dependiendo del tipo de familia numerosa que se trate. En concreto, las familias numerosas de primera categoría tienen derecho a una reducción del 50% en el importe de los precios públicos y las de segunda categoría y de honor están exentas del pago de los precios públicos.

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